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La nueva Ley para detectives privados

Un tuneado absurdo?

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Tras leer detenidamente la nueva Ley de seguridad privada, en lo que respecta a los detectives privados, pocas o ninguna diferencia se ha incluido en su comparativa, con la ley anterior. Los servicios de investigacion que podemos realizar siguen siendo los mismos, ni avanza ni limita, por lo que en este aspecto la ley es una copia tuneada de la anterior. Los detectives seguimos teniendo la competencia de la vigilancia no uniformada en ferias, hoteles y exposiciones, siendo este un tipo de trabajo, absurdo para los detectives privados, ya que no podemos asumirlos debido a la falta de personal y al exceso de cualificacion de los detectives privados, lo que supone un elevado coste para el cliente. Este tipo de competencia se deberia haber cedido a las empresas de seguridad, ya que en caso de que el cliente desee contratar a detectives privados para realizar labores de contra vigilancia, siempre lo podemos hacer, con o sin el mencionado articulo. El mantenimiento de este articulo en la nueva ley, lo unico que provoca es que las empresas de seguridad tengan que realizar estos servicios dentro de un marco de ilegalidad o recurriendo a triquinuelas para legalizar este tipo de servicios. Un extremo que anaden y que en la anterior ley no figuraba, es la obligatoriedad de que los detectives privados tenemos que acudir a los tribunales de justicia para ratificar o someterse a declaracion, como dicen los abogados "huelga" manifestarse sobre ese extremo, ya que no conozco a ningun detective privado que omita el deber de asistir a los tribunales, bien porque somos profesionales y este servicio se le da al cliente, como una obligacion inherente a nuestra responsabilidad, no solo esto, si no que cuando nos citan en procedimientos civiles o penales, la citacion ya fija la obligatoriedad de asistencia bajo multa. Con respecto a lo anterior, los juzgados de lo social no suelen citar, ya que la prueba se practica en el acto de la vista y los abogados juegan con la sorpresa de nuestra declaracion, vuelvo a reiterarme que aunque no hayamos cobrado nuestros honorarios, por responsabilidad y respeto a la justicia, acudimos a las vistas donde se presentan nuestros informes. Una novedad es la contratacion de seguro de responsabilidad civil y un aval. Con respecto al primero, la inmensa mayoria de detectives privados ya poseen uno y si no ya respondemos como cualquier empresa, con su patrimonio y con la responsabilidad de sus administradores en caso de ser sociedades. No me parece ni bien mi mal, simplemente es un relleno que hacen en la ley, para justificar la modificacion de la misma. Con el asunto del aval, para cubrir posibles sanciones de la administracion publica, sobra, no conozco a ningun detective privado que haya sido sancionado en mis 20 años de actividad, eso no quiere decir que no lo haya, pero entiendo que como cualquier persona o empresa responden de las multas con sus bienes, a este paso se extendera a toda la poblacion la tenencia de un aval, instaurado en el momento del nacimiento para hacer frente a posibles sanciones futuras, una barbaridad, pero como he dicho son medidas de relleno para justificar la modificacion. Por otro lado en la actual ley, obliga a los detectives privados a la realizacion de un contrato de prestacion de servicios, esto ya lo haciamos, pero no esta mal que lo indiquen, aunque evidentemente es otro relleno de la ley. Se pretende que de cada trabajo se realice un informe donde figuren los datos de la contratacion, los objetivos justificados del trabajo y los detectives intervinientes, pues todo esto ya lo recoge el contrato de prestacion de servicios y en el contenido del informe, por lo que vuelve a ser un extremo que adolece de cualquier justificacion en su inclusion en esta ley. Por otro lado la ley dice que no podemos utilizar vehiculos con distintivos que se asemejen a los policiales, teniendo en cuenta que los detectives privados tenemos que ser discretos, como se entenderon no pintamos los coche de verde y blanco o de azul y con la bandera de España, ni se nos ocurre llevar rotulos ni carteles luminosos que adviertan a nuestros investigados que son objeto de seguimiento, por lo que me reservo la opinion sobre este extremo para no llegar a ser vulgar. En definitiva, desde el año 92 en que nos incluyeron en la ley de seguridad privada, que nada tenemos que ver con seguridad, que nos quitaron a los auxiliares y los convirtieron en detectives, sin mas formacion que la experiencia de pisar la calle, es de esperar cualquier cosa del legislador, tanto en esta profesion con en otras, no cuenta con la opinion de los profesionales que las ejercemos y se erigen en sabios para modificar a su antojo las mismas, sin ningun tipo de criterio razonable y beneficioso para la profesion de detective privado o para el ciudadano que utiliza a estos profesionales. WWW.detectivesmorella.net

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