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REPORTAJES DE INVESTIGACION PERSONAL

PENSION ALIMENTICIA Y COMPENSATORIA

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Investigación sobre pensiones de alimentos y compensatorias, es uno de los trabajos que mas auge a experimentado estos últimos años.

 

Las pensiones de alimentos, concedidas a hijos, hasta que estos sean independientes por si mismo,  provoca gran cantidad de servicios de investigación. La variación de las situaciones económicas de los padres, puede provocar el aumento o disminución de esta pensión de alimentos, previa presentación de la demanda de modificación de medidas en el Juzgado. Recomendamos visitar la web de la letrada especialista en derecho de familia www.paulagrau.com quien les podrá asesorar de forma correcta sobre lo que redactamos aquí de forma escueta con la finalidad de dar unas pinceladas o luz sobre este tipo de situaciones.

 

Son varias las situaciones en las que nos encontramos y que pueden hacer variar la pensión alimenticia o la compensatoria;

 

  • Que el padre/madre custodio, haya experimentado un aumento de sus ingresos, debido a un incremento salarial o bien a un aumento patrimonial provocado por herencias, donaciones o premios en loterías, este aumento patrimonial, siempre en función de su cuantía puede llegar a afectar a la hora de una modificación de medidas. Los jueces, a la hora de fijar la pensión de alimentos, valoran la capacidad económica de las partes determinando cantidades económicas debe aportar el padre/madre no custodio.

 

  • Ante la pérdida de trabajo de alguno de los padres se deberá de acudir al Juzgado que entienda del procedimiento y manifestar las circunstancias de la reducción de  ingresos, para que se regulen las nuevas aportaciones económicas, para la pensión de alimentos o alimenticia. En ningún caso el padre/madre no custodio, debe de dejar de pasar las cantidades económicas fijadas por sentencia judicial de forma unilateral, ya que puede acarrearle problemas penales.

 

  • En innumerables ocasiones, tanto el padre/madre, custodio o no, pretenden engañar a la otra parte, para eludir pago de pensiones, tanto compensatoria como alimenticia o hacer que estas sean aumentadas a la otra parte. Suele alguno de ellos percibir ingresos no justificados, lo que llamaríamos economía sumergida.

 

Gran cantidad de trabajos realizamos los detectives privados, intentando demostrar que determinados padres no se encuentran en situación de desempleo, si no que se encuentran realizando actividades laborales, sin cotizar a la seguridad social y sin que sus ingresos se vean reflejados en sus declaraciones de la renta. En este caso los detectives privados aportamos las pruebas necesarias para que se pueda acreditar ante los tribunales de justicia, que existen más ingresos que los declarados por las partes.

 

La pension compensatoria, son cantidades económicas, que tras la disolución del estatus de pareja o matrimonio, una de las partes tiene que pasar a la otra, en concepto de que ambos deben de mantener su nivel económico en las mismas condiciones que cuando estaban juntos.

 

La pension compensatoria, es la que mas problemas genera, tras la separación de la pareja, en algunos casos uno de ellos se ve obligado a sustentar económicamente al que en este momento es su enemigo.

Debemos entender que la pension compensatoria están enfocadas a mantener a una de las partes, que por razones de pareja o matrimoniales, abandonó su vida laboral o nunca la tuvo, para hacer labores domesticas, tanto en el cuidado de su pareja como en el de los hijos comunes.  Se entiende por  tanto que la actividad realizada en el domicilio, por uno de ellos, ha contribuido a que el otro cónyuge haya podido liberarse de determinadas cargas y enfocar su esfuerzo a generar ingresos económicos.

 

La incorporación al mercado laboral de las mujeres, ha provocado ya desde hace algunos años, estas pensiones, no se concedan, a no ser que la diferencia de ingresos sean muy elevadas.

 

En la actualidad se valoran la edad del posible perceptor, sus estudios, la capacidad de reincorporación al mercado laboral, soliéndose conceder por tiempo limitado.   

 

En estos casos los detectives actuamos aportando pruebas que demuestren que una de las partes, posee ingresos no declarados o actividades laborales no fiscalizadas.

 

En muchas ocasiones la parte perceptora, tiene relaciones sentimentales con terceros y para no perder la pensión, ocultan convivencias y evitan contraer nuevos matrimonios. En este caso los detectives debemos de demostrar estas convivencias y acreditar que la persona que vive con el perceptor de la pensión, colabora y participa en el sustento, por lo que tendremos elementos suficientes para demandar en el juzgado, una reducción o eliminación de esta pensión de divorcio.

Muchas son las dudas de padres o madres no custodios, con respecto a la pensión de alimentos, no llegan a enteneder porque ellos pasan una pensión y el custodio no realiza aportaciones económicas, la respuesta es la siguiente, se entiende que el padre o madre custodio, aporta su trabajo en el cuidado del menor, preparando sus comidas, manteniendo su ropa limpia, etc. Mientras el no custodio, al no poder realizar estas actividades con sus hijos se le impone la del mantenimiento económico.

La tendencia que se esá aplicando últimamente, es la custodia compartida, entendiendose que el no custodio, también es capaz de atender, alimentar etc a sus hijos, en un pais que pretende la igualdad entre hombres y mujeres, es de lógica que se acepte sin tapujos la custodia compartida. Cuando un juzgado determina la custodia compartida, desaparecerá la pensión de alimentos, haciendose cargo cada padre del mantenimiento de sus hijos mientras dure su periodo de custodia y no teniendo que pasar importes economicos mientras el otro padre disfrute de su tiempo.

Evidentemente no todos los casos son iguales y se deberá de estudiar al detalle y en beneficio del menor, si procede a o no la custodia compartida.

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Octavio Morellá 2011

 

 

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